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En Aragón existen cerca de 3.000 viviendas de uso turístico, cifra que sigue creciendo en sus tres provincias. Con la recién estrenada normativa para regular este tipo de alojamientos, os enseñamos cuales son los requisitos y el proceso de regularización para obtener una licencia para el alquiler vacacional en Aragón.
Si te interesa conocer más información de otras comunidades autónomas y los requisitos generales para trabajar el alquiler vacacional en España, puedes consultar este artículo de licencias de alquiler vacacional.
Ámbito de aplicación
Consideramos vivienda de uso turístico (VUT), al inmueble sometido al régimen de propiedad horizontal, vivienda unifamiliar aislada u otra perteneciente a complejos inmobiliarios privados que, amueblado y equipado en condiciones de uso inmediato, es comercializado y promocionado en canales de oferta turística, para ser cedido temporalmente (por periodos que no superen el mes) y al completo, por su propietario, directa o indirectamente a terceros, con fines de alojamiento turístico y a cambio de un precio.
En el caso de las casas rurales, los requisitos y la definición varían de las VUT. Se consideran casas rurales a las casas independientes ubicadas en núcleos de menos de 1.000 habitantes y que respeten las características de la arquitectura tradicional de la zona.
La nomenclatura de apartamento turístico, es aplicable para los conjuntos formados por dos o más viviendas pertenecientes a un mismo propietario o explotadas por un mismo gestor que estén ubicadas en el mismo inmueble.
Normativa para licencias turísticas en Aragón
Siendo las VUT la categoría en la que nos vamos a centrar, cabe que destacar que el Decreto 80/2012, de 5 de mayo ha sido derogado, siendo en la actualidad el Decreto 1/2023, de 11 de enero, del Gobierno de Aragón el Reglamento para las viviendas de uso turístico en Aragón.
Para las casas rurales el proceso de verificación y tramitación de permisos vendrá regulado por el Decreto 204/2018, de 21 de noviembre
En el caso de los apartamentos turísticos los requisitos y condiciones también diferirán de las VUT y su regulación vendrá definida por lo dispuesto en el Decreto 167/2013, de 22 de octubre, del Gobierno de Aragón
Requisitos y obligaciones
A continuación enumeramos una serie de requisitos y obligaciones a llevar a cabo por las viviendas de uso turístico en la comunidad autónoma de Aragón. Recuerda que cuando aspiras a obtener tu licencia para alquiler vacacional en Aragón, no solo has de cumplir estos requisitos en el momento de la solicitud, también has de cumplir con ellos una vez obtenida tu licencia turística:
- Estar ubicada en inmuebles situados en suelo de uso residencial
- Estructuras e instalaciones en adecuado estado de conservación
- Que la vivienda se componga como mínimo de salón-comedor, cocina, dormitorio doble y baño
- Mantener la vivienda en condiciones de uso inmediato
- Utilizar canales de oferta turística para su comercialización, publicidad y promoción
- La duración de la reserva nunca sea superior a un mes
- Ceder la vivienda al completo, para las VUT no se contempla el alquiler por habitaciones
- Mostrar en un lugar visible, un cartel informativo con los teléfonos y direcciones de los servicios de emergencia y sanitarios en varios idiomas
- Certificado de idoneidad
- Disponer de un botiquín equipado para la atención de primeros auxilios pero sin medicamentos que requieran receta
- Disponer de Hojas de reclamaciones
- Asegurarse de que la vivienda está registrada en el Registro de Turismo una vez obtenida la licencia
- Llevar a cabo el registro de viajeros
- Declarar los ingresos de la actividad en Hacienda. Aquí te dejo un enlacito para que lo tengas más fácil
- identificar la VUT mediante un pictograma con las siglas “VUT” y el número de signatura correspondiente a su inscripción en el Registro de Turismo de Aragón, este número también se tendrá que utilizar para cualquier acción de publicidad y comercialización
Procedimiento para obtener una licencia turística en Zaragoza
Una vez revisadas las condiciones exigidas al tipo vivienda que quieres comercializar en alquiler vacacional , deberás presentar la declaración responsable de inicio de actividad de vivienda de uso turístico ante el departamento competente en materia de turismo, en la que se manifieste el cumplimiento de los requisitos establecidos en la normativa aplicable vigente, que cumple con el planteamiento urbanístico y demás requerimientos para poder llevar a cabo la actividad.
La documentación necesaria que acompaña a la declaración responsable es la siguiente, no obstante, de no presentarse adjunta a la declaración, deberá tenerse disponible para cuando la autoridad lo requiera:
- Documentación que acredite la personalidad, física o jurídica del interesado
- Documentación que acredite la disponibilidad de la vivienda (escritura, contrato…)
- Certificado de idoneidad para vivienda de uso turístico, emitido por técnico competente, que acredite el cumplimiento de los requisitos exigidos por la normativa vigente en materia de habitabilidad y seguridad para su uso residencial como vivienda
- Documento que acredite la potabilidad y depuración del agua, conforme a los requerimientos establecidos en el Real Decreto 140/2003, de 7 de febrero
La forma de presentar la declaración responsable puede ser telemática o presencial, las personas jurídicas están obligadas a presentarla telemáticamente.
A. Telemática: obligatorio para personas jurídicas y opcional para personas físicas, en cualquier caso, hará falta de disponer de un método de identificación (clave o certificado electrónico) y firma electrónica.
En caso de no tener firma electrónica, puedes completar la solicitud online y descargar los documentos para, una vez firmados, los puedas entregar en tu oficina de registro.
B. Presencial: recordemos que esta modalidad solo es aplicable para personas físicas y que o bien podrán realizar el trámite en la oficina de registro o descargar la documentación de la plataforma online y presentarla en persona.
Una vez formulada la declaración responsable, el órgano competente solicitará al ayuntamiento emitir un informe donde conste la idoneidad de la vivienda, este proceso puede demorar hasta tres meses, no obstante, desde el momento en el que presentas la declaración responsable, puedes empezar a comercializar tu alquiler vacacional y recibir reservas.
Si todo se formaliza correctamente, será la misma administración turística la que inscriba de oficio y a título informativo, la actividad en el Registro de Turismo de Aragón.
Particularidades
Con la derogación del Decreto 80/2012, de 5 de mayo, se han eliminado algunos de los requisitos indicados en este reglamento como:
- La cédula de habitabilidad o primera ocupación
- Que el plano acotado de la vivienda esté firmado por un técnico competente
- El título constitutivo del edificio y los estatutos de la comunidad de propietarios
A cambio, la novedad, entre otras, más destacable es la del Certificado de idoneidad emitido por técnico competente, requisito que se viene instaurando en más de una comunidad autónoma para verificar que la vivienda cumple con los requisitos urbanísticos en materia de habitabilidad y seguridad considerados por la autoridad competente y que deberá actualizarse con cada modificación o reforma sustancial en la vivienda.
Nota: Esta guía ofrece una visión general y puede estar sujeta a cambios conforme a las actualizaciones de la normativa. Es recomendable consultar las fuentes oficiales, como el Boletín Oficial de la comunidad autónoma, para obtener la normativa vigente y cualquier modificación posterior.
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